domingo, 22 de abril de 2012

Es la hora en que los grandes medios aún no informan a la ciudadanía sobre el recorte del 50% al 30% en la emisión de programación nacional, aprobada por el Congreso previo a la entrada en vigencia del nuevo Tratado de Libre Comercio TLC


El contentillo  se da afirmando que el horario prime time de lunes a viernes continuará con un 70%.

La Comisión Nacional de Televisión informó que el Proyecto de Ley 201 de 2012 propone reducir las cuotas sólo para los fines de semana y festivos. Con ello le resta importancia a la disminución del 50% al 30% los días festivos y fines de semana, cuando las familias colombianas más se dedican a ver televisión.
Esto es un verdadero retroceso en la legislación en cuanto a la posibilidad de divulgación de la producción nacional.
Agrega CNTV que :”Teniendo en cuenta las medidas disconformes para Servicios e Inversión para la televisión en Colombia frente al Tratado de Libre Comercio suscrito con Estados Unidos, el Gobierno Nacional, previo concepto de la Comisión Nacional de Televisión, radicó en el Senado de la República, el pasado 20 de marzo, el  Proyecto de Ley 201 de 2012 por medio del cual se implementan los compromisos adquiridos en el TLC en el marco de la política de comercio exterior e integración económica.”
 “El parágrafo del artículo 4º de la Ley 680 de 2001 que modificó el artículo 33 de la Ley 182 de 1995 quedará así:
Parágrafo: En sábados, domingos y festivos el porcentaje de producción nacional será mínimo del 30% en los siguientes horarios:
De las 19:00 horas a las 22:30 horas (tripe A)
De las 22:30 horas a las 24:00 horas
De las 10:00 horas a las 19:00 horas.”
De acuerdo con la Ley 680 de 2001, que se encuentra vigente y que modificó la Ley 182 de 1995, conocida como Ley de Televisión, la cuota de pantalla de producción nacional en los canales tiene diferentes porcentajes dependiendo del horario y día de la semana en los canales de cubrimiento nacional así:
·         De lunes a viernes, entre las  10:00 horas  y  las 19:00 horas  debe ser del 50% de producción nacional.
·          Entre las 19:00 horas y las 22:30 horas aplica el 70% de cuota mínima de producción nacional
·         Y  entre las 22:30 hora y las 24 horas es del  50% de producción nacional
Para los días sábados, domingos y festivos aplica actualmente una cuota del  50% como mínimo de producción nacional.

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